Educación

Fondo de Educación

De acuerdo a la Normatividad Legal Vigente, Circular Externa Básica Contable y Financiera, Titulo I,
Capitulo IV FONDOS SOCIALES Y FONDOS MUTUALES, en el numeral 2.1. FONDO DE EDUCACIÓN.

“Es un fondo social pasivo de carácter agotable.

En éste se colocan los recursos dinerarios con destino al fortalecimiento del quinto principio cooperativo,
orientado a brindar formación, es decir, educación en economía solidaria con énfasis en los temas específicos relacionados con la naturaleza jurídica de cada organización, capacitación a sus administradores en la gestión empresarial, entre otros temas”.

Es decir, el Fondo de Educación se destinará solo para fortalecer la Capacitación dirigida a los asociados en Economía Solidaria y temas de gestión empresarial para sus administradores, como lo estipula la Ley.

Aportes Sociales y Ahorro Permanente

  • Del Salario Básico se descuenta el 2.5%.
  • Éste será distribuido así: 50% Aportes Sociales y 50%  Ahorro Permanente, se devuelve cuando se retira el asociado.

Ahorro Permanente

  • Rentabilidad individual del 1% anual.